La mayoría de los servicios que precisan las personas con movilidad reducida como asistencia al embarcar, silla de ruedas, ayuda personal completa, no tienen ningún costo adicional, pero conviene asegurarse al momento de realizar la reservación de que no se le cobrará por un servicio extra.
La normativa aeronáutica limita el número de personas con movilidad reducida que pueden viajar en un avión en función de su tamaño y el servicio que solicite el pasajero. Por ello, se recomienda realizar la reservación con al menos 7 días de anticipación o como mínimo, 48 horas antes de iniciar el viaje. Así podrá asegurar que la asistencia que necesita está disponible.
Si utiliza una silla de rueda de sillas plegable, podrá permanecer en ella hasta llegar a la puerta del avión, siempre que en el trayecto no haya que subir o bajar escaleras, y podrá dejar la silla en la cabina de pasajeros. Si la silla tiene batería, tendrá que ir en la bodega con el equipaje.
Si padece una discapacidad sensorial, el personal de la compañía le atenderá en los casos necesarios, como la explicación de los procedimientos de emergencia, el manejo de los envases de comida, etc.
Si padece insuficiencia respiratoria y necesita oxígeno suplementario durante el vuelo, la aerolínea se lo facilitará. En ningún caso se permite que lleve su propio oxígeno.
Para mayor información consultar con su línea aérea.